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Cómo evitar recibir llamados de venta telefónica

Cuál es el trámite que le permite a los usuarios no ser contactados por estos servicios; cómo evitar el acoso de promociones, ofertas y premios no buscados

Cómo evitar recibir llamados de venta telefónica
El teléfono suena en el peor momento y corremos a buscarlo porque estamos esperando una llamada muy importante. La voz aparece al minuto de silencio y se escucha: "Usted ha salido beneficiado con un descuento especial para comprar un auto."

Y no. No era esa la llamada que estábamos esperando. Era otra, muy urgente. Son cinco minutos que hay que repetirle al representante de ventas telefónicas que no estamos interesados en su oferta y tampoco la otra asociada a la primera sobre la que también insiste. Y lo malo es que estamos llegando tarde hacia donde nos dirigíamos. Y lo grave es que esa fue la segunda llamada del día y quizás la tercera de la semana.

¿Qué hacer para evitarlos? En la ciudad de Buenos Aires y en San Juan, se puede recurrir al Registro "No llame" que protege a los usuarios que no desean recibir este tipo de ofertas telefónicas. En otras provincias, como en Santa Cruz y Santa Fe, pese a que el sistema está creado, aún resta su implementación.

Aquí, los detalles de los requisitos para completar la inscripción en los lugares donde ya se encuentra vigente.

1-¿Cuáles son los trámites y a qué organismo/s se debe recurrir?

En Capital Federal. El trámite tiene dos pasos: primero, hay que llamar a la línea gratuita 147 y elegir la opción 1 (de Atención Ciudadana), luego la opción 3 (Defensa del Consumidor) y finalmente, otra vez la opción 1 (Registro No Llame). Con esto el sistema incorporará la línea como preinscripta. Lo siguiente, es el paso que la mayoría de los porteños no completa, que es dirigirse hacia el Centro de Gestión y Participación Ciudadana (CGPC) más cercano a su domicilio para completar la inscripción. Hay que llevar la factura telefónica y el DNI (original y fotocopia). Los inquilinos que no son titulares de la línea deben acompañar a la documentación, el contrato de alquiler a los efectos de probar su vínculo con el número telefónico que quieren registrar. También pueden presentar una nota del propietario autorizando la inscripción.

En San Juan. El interesado debe presentarse personalmente ante la sede de Defensa del Consumidor y llevar completo el formulario disponible en el sitio del Ministerio de Producción y Desarrollo Económico provincial . También debe contar con la fotocopia de la boleta de facturación o documento que acredite la titularidad de la línea telefónica (ya sea fija o celular) y fotocopia del DNI del usuario.

2-¿Cuándo comienza la aplicación del registro?

En Capital Federal. Las empresas están obligadas a notificarse y actualizar su base de datos cada 30 días, para garantizar que quienes se inscriban dejen de recibir llamados al cumplirse ese plazo.

En San Juan. La inscripción rige a partir de los 90 días, que es el plazo en el que la ley provincial prevé para que las compañías se den por avisadas.

3-¿Existe la posibilidad de hacer el trámite online?

En ninguna de las dos provincias que disponen de este sistema es posible registrarse vía Internet.

4-¿Qué ocurre con las encuestas telefónicas? ¿Y con las propagandas políticas?

En Capital Federal. La solicitud de información por parte de una encuestadora, siempre y cuando la misma no se realice con fines promocionales o realice menciones a productos y servicios, no configura una infracción.

En San Juan. No están contempladas en la legislación provincial que crea y regula el Registro No Llame.

5-¿La inscripción tiene caducidad? ¿Se puede deshacer?

En Capital Federal. Tiene vigencia por dos años a partir de su incorporación al registro y se renueva automáticamente por un período igual, salvo manifestación en contrario del registrado. Los inscriptos en el registro pueden solicitar la baja en cualquier momento llamando al 147.

En San Juan. Rigen las mismas condiciones que en la ciudad de Buenos Aires. Los interesados en darse de baja puedan hacerlo en cualquier momento ante la autoridad de aplicación.

6-¿Los usuarios que no son de Capital Federal y de San Juan pueden acceder al Registro No LLame de alguna de estas jurisdicciones?

En Capital Federal. No, la Ley 2014 que regula el registro sólo es aplicable en la jurisdicción del gobierno porteño.

En San Juan. No, la Ley 8052 que reglamenta el registro sólo es aplicable en la jurisdicción de la provincia de San Juan.

7-¿Cuántos usuarios llevan adherido su número al registro?

En Capital Federal. Menos del 10% de los porteños confirmó el trámite que había iniciado. Es que mientras 55.229 solicitaron la inscripción, sólo 4487 lo completó yendo al CGCP. Además, existe un total de 186 empresas registradas.

Martes 2 de noviembre de 2010

Fuente

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